Programa de Adopción: términos y condiciones
Este documento ha sido escrito para proporcionar los detalles de los requisitos que sean necesarios para asegurar el bienestar de los burritos que se encuentran dentro del programa de custodia, y también intentar que los dueños adoptivos puedan disfrutar al máximo de los burros. Debe también ser observado que estas condiciones forman parte del Programa de Custodia. Ambas partes siempre deberían seguir el contenido.
Los burros
- Debido a su naturaleza social y a que forman fuertes amistades, los burros se irán a las casas de custodia en pares o pequeños grupos.
- En estos momentos, hay disponibilidad para la colocación de un solo burro como compañero a un burro de propiedad privada. Es estas circunstancias existe un requisito y es que la propiedad del burro debería ser transferida a nombre de El Refugio del Burrito. En estas circunstancias dejaremos al dueño adoptivo unos 21 días para reconsiderar su posición en el programa de custodia.
- Los burros no se utilizan como compañeros de caballos y/o ponis. En las circunstancias donde haya caballos y/o ponis en las casas de custodia, es importante que estén en prados/cuadras separados.
- El Refugio del Burrito lamenta que no podamos poner burritos en casas de custodia que estén en lugares alejados.
Titularidad
- Los burros dentro del programa de custodia siguen siendo propiedad de El Refugio Del Burrito, que continuará teniendo la responsabilidad primera sobre su bienestar. En conexión con esto, es necesario que El Refugio del Burrito se reserve el derecho de requisar un burro o burros al Custodio, en caso de que El Refugio del Burrito así lo estimase oportuno.
- Se recomienda fervientemente al Custodio la contratación de un Seguro de responsabilidad Civil a Terceros para los burros, por el excepcional caso de que los burros causaran algún daño a la propiedad privada de otras personas o causaran un accidente. El Refugio del Burrito no se hará responsable de dichas situaciones.
- Los gastos de la comida, cama, herrador y veterinario serán responsabilidad del dueño adoptivo.
- Todos los futuros dueños adoptivos, junto con otros miembros de su familia, por ejemplo, que puedan tener responsabilidad a la hora de cuidar a los burritos, tienen que asistir a un día de introducción al cuidado del burro, para familiarizarse con los procedimientos y unas prácticas adecuadas. Estos cursos se harán en El Refugio Del Burrito, en Fuente de Piedra, provincia de Málaga.
- Es en interés del dueño adoptivo hacer el curso de cuidado del burro antes de emprender cualquier mejora estructural para acomodar a los burritos de custodia.
- Los dueños adoptivos también pueden desarrollar más el cuidado de sus burros y asistir a cursos más complejos.
- Se requiere un mínimo de 250m2 de campo por cada burro. La cantidad real requerida puede terminar siendo más, dependiendo del terreno, el clima, el drenaje y el suelo. El Oficial de Bienestar le aconsejará. El terreno debe drenarse bien y estar libre de peligros sean naturales o artificiales.
- La valla externa del perímetro debe ser permanente, segura y estar en buenas condiciones, para contener a los burros en su prado con seguridad.
- Las plantas venenosas, los arbustos y los árboles se deben quitar o cercar para que los burros no lleguen a comerlos.
- Los burros deben de ser protegidos contra otros animales que puedan dañarles o causarles angustia.
- Los burros deben tener acceso a su cuadra durante todo el día.
- Las dimensiones de los establos deben ser de un mínimo de 4.5m2 y estar construidos para proteger a los burros del viento y la lluvia. Estas dimensiones son válidas para acomodar a 2 burritos de tamaño mediano. Si los burros son más grandes tendrán que tener una cuadra mas grande.
- Se requiere un suelo duro en el interior y a la entrada de la cuadra. Debería ser de hormigón o losas de hormigón. El uso de otros materiales tiene que ser comentado con el Oficial de Bienestar antes de construir. Materiales como la grava y los chinos no son adecuados para ello.
- Es esencial contar con una fuente constante de agua potable y limpia.
- Los Custodios deben pasar bastante tiempo con sus burritos. Eso mejorara el carácter de los burros y su bienestar.
- Los burritos deberían ser visitados 2 veces al día, y durante este tiempo se debe incluir la limpieza de los cascos, limpieza de la cuadra y cepillado.
- Nuestro Oficial de bienestar ofrecerá ayuda durante todo el tiempo que tengáis los burros, y también os visitara cada 3 o 4 meses.
- El oficial de bienestar debe ser informado de cualquier cambio importante que pueda tener un efecto significativo sobre el bienestar de los burros.
- No se permite, bajo ningún concepto, la cría con nuestros burros o burras.
- En el hipotético caso de que uno de los burros tutelados diese a luz, el pollino será propiedad de El Refugio del Burrito, que decidirá lo más conveniente para el futuro bienestar del asno.
- Los burros no serán utilizados con fines comerciales o promocionales sin el previo consentimiento de El Refugio del Burrito. Los custodios se asegurarán en tal caso de que dicha actividad queda cubierta por la póliza de seguros que contraten.
- Antes de la entrega de los burros, es necesario entregar al Oficial de Bienestar los datos relativos a las gestiones que se han hecho en materia de Veterinario, herrador y salud dental de los Burros. El oficial de bienestar podrá ayudar aportando los datos de una clínica veterinaria especializada en el tratamiento de equinos u otros especialistas.
- Los cascos de los burros deberán ser recortados por un herrador con experiencia. Normalmente se recortan los cascos cada 6-8 semanas.
- La desparasitación, análisis y tratamientos se realizarán de acuerdo con las pautas marcadas por el veterinario que se encuentre asistiendo.
- Debes vacunar a tus burros contra la gripe cada año y del tétanos cada 2 años. Si las vacunas no se pueden comprar por separado, deberás utilizar una vacuna combinada de gripe y tétanos cada año.
- Los chequeos dentales anuales serán llevados a cabo por un veterinario con experiencia o un técnico dental equino recomendado. Siempre que sea posible, se obtendrá una ficha dental tras cada revisión y tratamiento. Esta ficha deberá mostrarse al Oficial de Bienestar si así se requiere.
- Si un burro se pone visiblemente enfermo, o sufre alguna herida o malestar grave, El Custodio deberá ponerse en contacto con un veterinario o herrador, según proceda, para que le asista. Semejante información será trasladada al Oficial de Bienestar lo antes posible.
- Cuando muera uno de tus burritos es importante que el Oficial de Bienestar sea informado lo antes posible.
- Bajo determinadas circunstancias puede ser necesario practicar una autopsia. En semejante situación la decisión se tomará tras consultar con el veterinario de El Refugio del Burrito.
- Con respecto al bienestar del burro que quede, el Oficial de Bienestar comentará con el Custodio los pasos a seguir.
- Es un requisito legal que cada equino tenga un pasaporte equino de la UE que será obtenido por El Refugio del Burrito.
- El pasaporte debe acompañar al burro cuando el burro esté en su casa de custodia. El pasaporte debe ser devuelto cuando el burro fallezca, o si vuelve al refugio.
- El pasaporte deberá ser mostrado, cuando así lo requieran, a un oficial de bienestar, al veterinario o a un oficial de la autoridad local.
- Se aconseja a los Custodios que en caso de que los burros sean transportados por alguna razón (no importa la duración del transporte) desde el sitio donde vivan normalmente, el custodio, o la persona que realice el transporte, deberá asegurarse de que los pasaportes están a mano para ser inspeccionados durante el viaje o a la llegada al nuevo lugar.
- En caso de que el dueño de custodia pierda uno de los pasaportes, el Oficial de Bienestar debe ser informado para poder pedir uno nuevo. Los gastos del reemplazo correrán por cuenta del Custodio.
- “Los Burros” se refiere a los burros que están dentro del programa de custodia con El Refugio del Burrito.
- “El Burro” se refiere a uno de estos burros.
- “Oficial de Bienestar” es un representante de El Refugio del Burrito responsable de la provisión de apoyo y consejo a los Custodios.
- “Burro en propiedad privada” es cualquier burro o équido que el custodio posea en propiedad actualmente y cualquier otro que se pueda adquirir tras el acuerdo de custodia con El Refugio del Burrito.
- “Herrador” significa cualquier herrador que sea aprobado por El Refugio del Burrito.
- “Pasaporte Equino” es un documento de identificación de acuerdo con los requisitos legales actuales. El pasaporte sigue siendo propiedad de El Refugio del Burrito durante toda la vida del burro a cual se refiere.